Los derechos de
autor son un conjunto de normas y principios que la ley concede a
autores por haber creado una obra, siendo esta propiedad intelectual
de su autor. Estos derechos se reconocen en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos.
Una obra pasa a
dominio publico cuando los derechos patrimoniales han expirado. Ha
debido pasar un tiempo desde la muerte del autor, suele estar en unos
50 años, aunque depende del país en el que te encuentres.
Yo quería poner
como ejemplo a la SGAE (Sociedad general de autores y escritores).
Esta asociación es la que protege los derechos de autor de las obras
literarias. Y es a ella a quien hay que pedir permiso si quieres, por
ejemplo, representar una obra de teatro escrita por algún autor,
incluso cantar en público una canción, sobre todo si se hace con
ánimo de lucro. Está prohibido puesto que “robas” la propiedad
intelectual de quien lo ha inventado.
No intervendría la
SGAE, multando tu práctica, siempre que hayas pedido permiso o
siempre que la obra sea ya de dominio público.
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